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Mostrando entradas de junio, 2016
REITERAMOS EL COMENTARIO DE 9 DE OCTUBRE DE 2014. 121.- CUANDO HAYA QUE MIRARSE EN EL ESPEJO. Todo proceso tiene sus ciclos evolutivos. Los históricos, también. Se originan, crecen, declinan, finalizan. Y todo esto se produce cíclicamente. No ha habido dictaduras que sean eternas. Sin embargo, periódicamente renacen. Con otros personajes, en otros ámbitos pero con métodos renovados y adaptados a cada circunstancia témporo- espacial. Acallar la voz de los disidentes; intentar la unificación del pensamiento; mentir descaradamente; actuar con soberbia; creerse el propio relato como si fuera la verdad revelada; autoglorificarse en vida; llenar con sus nombres ciudades, calles, construcciones faraónicas y sobre todo conseguir un buen coro de aduladores. Todo eso y algún ingrediente que pueda agregarse, integran la fórmula mágica de los regímenes despóticos de todas las épocas y lugares. En la Argentina del siglo XXI estamos asistiendo a la aplicación casi integral de las lecciones apli...
FRAGMENTOS DE UN INTERESANTE ARTÍCULO SOBRE LOS FUEROS PARLAMENTARIOS. SE ESTÁ ENTRANDO EN UN ALTO GRADO DE COMPLICIDAD AL NEGAR QUE LA JUSTICIA OBRE LIBREMENTE. "Los fueros parlamentarios se encuentran regulados por la Constitución Nacional en sus artículos 68 (inmunidad de opinión), 69 (inmunidad de arresto) y el artículo 70 (referido al desafuero). Estas normas fueron reglamentadas por la ley 25.320, denominada "ley de fueros", sancionada el 8 de septiembre de 2000, receptando en sus aspectos principales la interpretación doctrinaria y jurisprudencial mayoritaria sobre la materia. De esos antecedentes constitucionales, legales y doctrinarios se pueden resumir las siguientes conclusiones: 1º) En caso de imputarse un delito penal a un legislador, el juez competente deberá llevar adelante el proceso de la misma forma en que lo haría si se tratara de un ciudadano común. En consecuencia, el juez puede llamar al imputado a prestar declaración indagatoria, dictar su p...