163. SUMANDO IDEAS
Vamos a tratar de ser claros y
concisos con respecto a las jubilaciones docentes.
¿Por qué ley se jubilan los docentes?
·
Por la Ley
N° 24016
¿Qué establece la misma?
·
Una edad
diferenciada con respecto a la ley general de 57 años para las mujeres y 60
para los varones.
·
Una
antigüedad frente a alumnos
·
El pago
del 82% móvil de los haberes correspondientes a los cargos y horas ejercidos al momento del
cese.
·
La
actualización automática de ese porcentaje con respecto a lo que perciban los
docentes en actividad.
¿Cómo se solventa ese pago diferenciado?
·
Con un
aporte extraordinario del 2% mensual con respecto a todos los trabajadores
alcanzados por la ley general de jubilaciones.
Conclusión
Por los motivos expuestos, se deduce
que es absolutamente incorrecta la deducción que se realiza basándose en el
Art. 9 de la Ley 24463 de Solidaridad Previsional puesto que con esos
descuentos se desvirtúa absolutamente el 82% establecido como régimen especial
para los docentes.
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