163. SUMANDO IDEAS

Vamos a tratar de ser claros y concisos con respecto a las jubilaciones docentes.
¿Por qué ley se jubilan los docentes?
·        Por la Ley N° 24016
¿Qué establece la misma?
·        Una edad diferenciada con respecto a la ley general de 57 años para las mujeres y 60 para los varones.
·        Una antigüedad frente a alumnos
·        El pago del 82% móvil de los haberes correspondientes  a los cargos y horas ejercidos al momento del cese.
·        La actualización automática de ese porcentaje con respecto a lo que perciban los docentes en actividad.
¿Cómo se solventa ese pago diferenciado?
·        Con un aporte extraordinario del 2% mensual con respecto a todos los trabajadores alcanzados por la ley general de jubilaciones.
Conclusión

Por los motivos expuestos, se deduce que es absolutamente incorrecta la deducción que se realiza basándose en el Art. 9 de la Ley 24463 de Solidaridad Previsional puesto que con esos descuentos se desvirtúa absolutamente el 82% establecido como régimen especial para los docentes.

Comentarios

Entradas populares de este blog