227.- SUMA DEL PODER PÚBLICO

 

En el artículo 29 de la Constitución Nacional se expresa que no se puede conceder al Ejecutivo Nacional facultades extraordinarias ni la suma del poder público. Y agrega más adelante que actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable y sujetarán a quienes lo consientan la responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria.

En estos tiempos que corren no han sido las legislaturas las que han concedido esos poderes, sino que por una extraña alquimia basada en el miedo o como se lo quiera llamar, ese poder ha recaído en la funcionaria que ocupa la Vicepresidencia de la Nación.

No sólo esta mandataria ha digitado candidaturas sino que ha manejado a su arbitrio las reorganizaciones de los equipos ministeriales del Poder Ejecutivo Nacional, y como si fuera poco el de la provincia en la que tiene radicada su residencia legal (Santa Cruz) sino también de la Provincia de Buenos Aires a cuyo gobernador convocó a su casa en el sur del país, para indicarle los cambios a efectuar en el elenco ministerial provincial.

¿Alguien reaccionará? ¿O seguiremos sin respetar la Ley Fundamental?

Comentarios

  1. Eso es lo que yo me pregunto,alguien hará algo ante semejante atropello????

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Nos están llevando al abismo, cada día peor

      Eliminar
    2. Ésto se parece una dictadura, no hay democracia, ni libertad de expresión

      Eliminar
  2. Están castigando al pueblo que no los voto, cada vez mas cepos

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog