227.- SUMA DEL PODER PÚBLICO
En el
artículo 29 de la Constitución Nacional se expresa que no se puede conceder al
Ejecutivo Nacional facultades extraordinarias ni la suma del poder público. Y
agrega más adelante que actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad
insanable y sujetarán a quienes lo consientan la responsabilidad y pena de los
infames traidores a la Patria.
En
estos tiempos que corren no han sido las legislaturas las que han concedido
esos poderes, sino que por una extraña alquimia basada en el miedo o como se lo
quiera llamar, ese poder ha recaído en la funcionaria que ocupa la
Vicepresidencia de la Nación.
No
sólo esta mandataria ha digitado candidaturas sino que ha manejado a su
arbitrio las reorganizaciones de los equipos ministeriales del Poder Ejecutivo
Nacional, y como si fuera poco el de la provincia en la que tiene radicada su
residencia legal (Santa Cruz) sino también de la Provincia de Buenos Aires a
cuyo gobernador convocó a su casa en el sur del país, para indicarle los cambios
a efectuar en el elenco ministerial provincial.
¿Alguien
reaccionará? ¿O seguiremos sin respetar la Ley Fundamental?
Eso es lo que yo me pregunto,alguien hará algo ante semejante atropello????
ResponderEliminarNos están llevando al abismo, cada día peor
EliminarÉsto se parece una dictadura, no hay democracia, ni libertad de expresión
EliminarEstán castigando al pueblo que no los voto, cada vez mas cepos
ResponderEliminar