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Mostrando entradas de septiembre, 2014
LA VERDAD SOBRE LA JUBILACIÓN DOCENTE La Ley 24.016 de Jubilaciones docentes establece que los haberes jubilatorios serán equivalentes al 82% de los docentes en actividad y deberán ser abonados al mes siguiente que dicho aumento se haga efectivo. Para que ello ocurra, mientras están en ejercicio, los docentes aportan un plus que se les descuenta todos los meses.   En definitiva, a un docente activo se le descuentan entre Obra Social, Aportes jubilatorios y Caja Complementaria, un 22,5% mensual. A eso puede agregarse si corresponde el del Impuesto a las Ganancias. En los recibos de septiembre de los jubilados el descuento sobre la cifra bruta total fue de 34,89%, incluyendo Obra Social, Impuesto a las Ganancias y un ilegal descuento por artículo 9 de la Ley 24463, también conocida como Ley de Solidaridad Previsional. Eso, sin recordar que los jubilados docentes no recibieron el aumento general de todos los pasivos del país, sino un porcentaje menor, gracias a un Acta firm...
119.- APLAZADOS Hoy resulta que es lo mismo Ser derecho que traidor, Ignorante, sabio, chorro, Generoso, estafador. Todo es igual; nada es mejor; Lo mismo un burro que un gran profesor. No hay aplazaos, ni escalafón; Los inmorales nos han igualao. (Fragmento del tango “Cambalache” de Enrique Santos Discépolo) ¡Qué vigencia tienen las palabras de Discepolo! Fue una especie de filósofo y vidente del futuro social, en especial del argentino. Si alguien se propusiera hacer las cosas tan mal no lo lograría con tanto éxito como el que se está logrando en nuestro país. Es cierto que la decadencia educativa no puede ni debe atribuirse exclusivamente a la “década ganada”. Comenzó unos cuantos años antes. Pero ocurre que ahora parece haberse encaramado al podio de la ineficiencia. Los argumentos escuchados y leídos en los últimos días sobre la eliminación de los aplazos en la provincia de Buenos Aires oscilan entre lo trágico y lo cómico, pasando por la farsa, el absurdo y lo c...
118.- UNITARIOS O FEDERALES No vamos a comentar la época de Rosas. Sin dejar de recordar que en los hechos el verdaderamente federal era Urquiza y el unitario era Rosas.  Vamos a referirnos al pasado cercano, a la actualidad y al futuro. Nuestra Constitución estableció en su Artículo 1  como forma de gobierno la representativa republicana federal. El término “federal” está relacionado aquí con los derechos de las provincias a tener sus propias organizaciones gubernamentales, como queda explícitamente declarado en el Artículo 5,  siempre que no contradigan el espíritu básico de la Ley Suprema. Más adelante, en el artículo 75, inciso 2, referido a las atribuciones del Congreso  se sostiene que éste instituirá a través de una ley convenio, regímenes de coparticipación de los impuestos, garantizando la automaticidad en la remisión de los fondos. Y agrega más adelante que esa distribución de los fondos federales será equitativa y solidaria dando prioridad al desarr...
Para los amigos y colegas que aún no pudieron firmar les reiteramos el enlace. Ya llevamos 229 firmas en "Change.org" y 292 en la que irá por correo postal. Al firmar en Change lo pasamos a ambas peticiones. Vamos a dejar abierta la petición para alcanzar las 500 firmas. Es una cifra de mucho peso. Hay que difundir y pedir firmas.  A amigos, parientes, compañeros de trabajo, vecinos,etc. No hace falta estar jubilado para adherirse. No esperes a jubilarte para comprender la situación. ¡¡¡¡¡ VAMOS !!!!! Jorge    Este es el link para poder adherirse: https://www.change.org/p/eduardo-l%C3%B3pez-1-anular-acta-acuerdo-ctera-anses-2-aplicar-la-ley-24-016-jubilaciones-docentes-3-eliminar-impuesto-a-las-ganancias-a-jubilados-4-eliminar-descuento-por-solidaridad-previsional