LA VERDAD SOBRE LA JUBILACIÓN DOCENTE
La Ley 24.016 de Jubilaciones docentes establece que los haberes jubilatorios
serán equivalentes al 82% de los docentes en actividad y deberán ser abonados al mes siguiente que dicho aumento se haga efectivo. Para que ello ocurra, mientras están en ejercicio, los docentes aportan un plus que se les descuenta todos los meses.  
En definitiva, a un docente activo se le descuentan entre Obra Social, Aportes jubilatorios y Caja Complementaria, un 22,5% mensual. A eso puede agregarse si corresponde el del Impuesto a las Ganancias.
En los recibos de septiembre de los jubilados el descuento sobre la cifra bruta total fue de 34,89%, incluyendo Obra Social, Impuesto a las Ganancias y un ilegal descuento por artículo 9 de la Ley 24463, también conocida como Ley de Solidaridad Previsional.
Eso, sin recordar que los jubilados docentes no recibieron el aumento general de todos los pasivos del país, sino un porcentaje menor, gracias a un Acta firmada entre el gremio mayoritario y ANSES. Sin que alguien explique cómo un acta puede anular los efectos de una Ley.
Si hacemos los cálculos matemáticos de proporcionalidad llegaremos a un resultado aterrador: el jubilado docente cobra el 51,93% del docente en actividad.
Esperamos una rectificación urgente a tal agravio mensual, sin que aparentemente, nadie: ni sindicalistas, ni funcionarios públicos ni muchos de los interesados mueva un dedo por hacerlo.


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