185.- ALGUNAS
CONSIDERACIONES SOBRE LOS AUMENTOS A LOS DOCENTES JUBILADOS.
Como se sabe, todos
jubilados que perciben sus haberes a través de la ANSES reciben un aumento dos
veces al año, en los meses de marzo y septiembre.
Esos aumentos se calculan a
través de una fórmula en la que intervienen diversas variables, entre ellas las
de recaudaciones impositivas, índices de precios, aportes al sistema, etc.
En el caso de los docentes,
el gremio mayoritario en el país (CTERA) firmó un acta-acuerdo con la ANSES por
la cual se agregaba un ingrediente a esa fórmula. El relacionado con el aumento
recibido anualmente por los docentes en actividad. Esto último debido a que
durante su etapa laboral, los docentes aportan un porcentaje mayor que el establecido
por la ley general de jubilaciones. Esa diferencia permite que al jubilarse, pueda recibir el 82% de los haberes que le
hubieran correspondido en su etapa activa.
Hasta aquí un razonamiento
que aparece como lógico. Pero las cosas no son tan sencillas. Sólo 12 distritos
del país aportan a la ANSES. El resto de las provincias tienen cajas de
jubilaciones propias, como Buenos Aires y Córdoba, por poner dos ejemplos.
¿Qué dispusieron y aceptaron
los gremialistas en el año 2009? Que el aumento a los docentes surja del
promedio de aumento de los 12 distritos aportantes. Esa medida arbitraria que
parece solidaria y equitativa, constituye en cambio un flagrante error legal y
constitucional, pues altera el espíritu de la Ley que establece el 82% móvil.
No hace falta ser un experto matemático para comprender que del promedio que se
hace, todos los que estén por arriba del término medio estarán cobrando cada
vez más alejados de lo que correspondería.
Invitamos a gremialistas y
funcionarios a que solucionen con urgencia los términos del acta que perjudica
a gran cantidad de docentes jubilados
del país.
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