185.- ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LOS AUMENTOS A LOS DOCENTES JUBILADOS.

Como se sabe, todos jubilados que perciben sus haberes a través de la ANSES reciben un aumento dos veces al año, en los meses de marzo y septiembre.
Esos aumentos se calculan a través de una fórmula en la que intervienen diversas variables, entre ellas las de recaudaciones impositivas, índices de precios, aportes al sistema, etc.
En el caso de los docentes, el gremio mayoritario en el país (CTERA) firmó un acta-acuerdo con la ANSES por la cual se agregaba un ingrediente a esa fórmula. El relacionado con el aumento recibido anualmente por los docentes en actividad. Esto último debido a que durante su etapa laboral, los docentes aportan un porcentaje mayor que el establecido por la ley general de jubilaciones. Esa diferencia permite que al jubilarse,  pueda recibir el 82% de los haberes que le hubieran correspondido en su etapa activa.
Hasta aquí un razonamiento que aparece como lógico. Pero las cosas no son tan sencillas. Sólo 12 distritos del país aportan a la ANSES. El resto de las provincias tienen cajas de jubilaciones propias, como Buenos Aires y Córdoba, por poner dos ejemplos.
¿Qué dispusieron y aceptaron los gremialistas en el año 2009? Que el aumento a los docentes surja del promedio de aumento de los 12 distritos aportantes. Esa medida arbitraria que parece solidaria y equitativa, constituye en cambio un flagrante error legal y constitucional, pues altera el espíritu de la Ley que establece el 82% móvil. No hace falta ser un experto matemático para comprender que del promedio que se hace, todos los que estén por arriba del término medio estarán cobrando cada vez más alejados de lo que correspondería.

Invitamos a gremialistas y funcionarios a que solucionen con urgencia los términos del acta que perjudica a  gran cantidad de docentes jubilados del país.

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