233.- ¿CONATO DE GOLPE INSTITUCIONAL?
Asistimos
azorados a la convocatoria de un grupo de personajes a una marcha para
solicitar la renuncia de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación.
Como
agravante a este acto agraviante al estado de derecho, se suman a esa
concentración apoyo de miembros de los Poderes Ejecutivo y Legislativo y el
aval implícito del Presidente y Vicepresidenta de la Nación.
La
Constitución establece taxativamente la independencia de los Poderes Públicos
como uno de los elementales principios republicanos.
El
artículo 36 expresa que los actos contra el orden institucional y el sistema
democrático serán insanablemente nulos y en el artículo 22 se afirma que el
pueblo no delibera ni gobierna sino a través de sus representantes.
La
división de poderes es uno de los pilares sobre los que se asientan los
principios republicanos fundamentales.
Violarlos
o incitar a su desconocimiento es un grave atentado comparable a un golpe
institucional.
Realidad triste la Argentina de estos tiempos
ResponderEliminarA veces pienso, cuantos de nuestros gobernantes conocen la Constitución,la mayoria. Y unos cuantos vivos , q la conocen la manipulan a su antojo.
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