233.- ¿CONATO DE GOLPE INSTITUCIONAL?

 

Asistimos azorados a la convocatoria de un grupo de personajes a una marcha para solicitar la renuncia de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Como agravante a este acto agraviante al estado de derecho, se suman a esa concentración apoyo de miembros de los Poderes Ejecutivo y Legislativo y el aval implícito del Presidente y Vicepresidenta de la Nación.

La Constitución establece taxativamente la independencia de los Poderes Públicos como uno de los elementales principios republicanos.

El artículo 36 expresa que los actos contra el orden institucional y el sistema democrático serán insanablemente nulos y en el artículo 22 se afirma que el pueblo no delibera ni gobierna sino a través de sus representantes.

La división de poderes es uno de los pilares sobre los que se asientan los principios republicanos fundamentales.

Violarlos o incitar a su desconocimiento es un grave atentado comparable a un golpe institucional.  

Comentarios

  1. Realidad triste la Argentina de estos tiempos

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  2. A veces pienso, cuantos de nuestros gobernantes conocen la Constitución,la mayoria. Y unos cuantos vivos , q la conocen la manipulan a su antojo.

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