152.- EL VALOR DEL VOTO EN BLANCO

A partir de un interesante artículo de Carlos Pagni en "LA NACIÓN" del jueves 8 de octubre cobra interés el análisis no sólo del significado sino del valor electoral del voto en blanco.
¿Qué significa un voto en blanco? Es aquél por el cual el ciudadano determina que ninguno de los candidatos satisface sus intereses.
No es un voto "anulado" sino que es válido y expresa disconformismo.
Vamos a transcribir los artículos de la Constitución en los que se hace referencia a la elección del Presidente de la Nación.
Art.96.- La segunda vuelta electoral, si correspondiere, se realizará entre las dos fórmulas de candidatos más votados, dentro de los treinta días de celebrada la anterior.
Art.97.- Cuando la fórmula que resultare más votada en la primera vuelta, hubiere obtenido más del cuarenta y cinco por ciento de los votos afirmativos válidamente emitidos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación.
Art.98.- Cuando la fórmula que resultare más votada en la primera vuelta hubiere obtenido el cuarenta por ciento por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y, además, existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos sobre la fórmula que le sigue en número de votos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación. 
Dados los resultados de las PASO y los números que las encuestas que se dan a conocer hasta la fecha, es fundamental que la Justicia aclare taxativamente los significados de la expresión "votos afirmativos válidamente emitidos".
Para aquellos interesados en la opinión de Pagni, pueden leer el siguiente enlace:
http://www.lanacion.com.ar/1834695-el-voto-en-blanco-podria-ser-el-gran-elector

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